miércoles, 29 de agosto de 2012

Agresiones a la Libertad de Expresión

Noticias de Espacio Público


El comunicador social Juan Eduardo Peraza denuncia en su cuenta en la red social Twitter @JuanchoPeraza el corte “sospechoso” de los cables de energía eléctrica que surten a las emisoras J98.5 fm y Festiva 101 FM. El único organismo autorizado para el restablecimiento del suministro es Corpoelec, pero pese a constantes solicitudes, no se han acercado a arreglar las fallas. Leer más


En reposo reportera de Globovisión luego de sufrir agresiones durante cobertura periodística en centro penitenciario


El día miércoles 22 de agosto, el equipo reporteril del canal de noticias Globovisión conformado por la periodista Delvalle Canelón y su camarógrafo fue agredido mientras intentaba registrar imágenes de las adyacencias del centro penal Yare I, en el cual desde hace días se mantiene una situación irregular. Leer más

Denuncian sabotaje de emisoras en Falcón

El comunicador social Juan Eduardo Peraza denuncia en su cuenta en la red social Twitter @JuanchoPeraza el corte “sospechoso” de los cables de energía eléctrica que surten a las emisoras J98.5 fm y Festiva 101 FM. El único organismo autorizado para el restablecimiento del suministro es Corpoelec, pero pese a constantes solicitudes, no se han acercado a arreglar las fallas. Leer más

Entregada la petición a Tibisay Lucena con apoyo de más de 500 personas

En horas del mediodía de hoy, viernes 24 de agosto de 2012 fue consignada en las instalaciones del Consejo Nacional Electoral la petición de los ciudadanos que exigen un alto a la utilización de las cadenas presidenciales para campaña política, en el marco de las elecciones presidenciales del 7 de octubre de 2012, puesto que constituye un abuso de poder por parte del primer mandatario, está prohibido por la Ley y debe tomarse una posición firme al respecto. Leer más

Equipo reporteril de Venevisión agredido en Táchira

El día 10 de agosto, un equipo reporteril del canal Venevisión conformado por el periodista Javier Faría, el camarógrafo Johann Pablo Rojas y el asistente Luis Labrador fue agredido por obreros identificados con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), mientras cubrían una protesta de estudiantes en la autopista Tariba – San Cristóbal, en el estado Táchira.. Leer más

Informe Situación del Derecho a la Libertad de Expresión (Enero- Julio de 2012) Leer más»

Libertad de expresión y proceso electoral

Las elecciones constituyen un momento importante para la vida democrática basado en el ejercicio de derechos políticos y con una relación con otros derechos humanos.El universo electoral requiere de adecuados niveles de información para tomar decisiones razonadas y conscientes. Por ello en los contextos electorales los contrapesos institucionales son imprescindibles para reducir la arbitrariedad y discrecionalidad en el uso de los bienes públicos, especialmente si se permite la reelección en los cargos. Leer más
























martes, 28 de agosto de 2012

Exposición de motivos Estatutos IPSP

rosana inés ordóñez vela rosanaperiodista@gmail.com


Amigos agradezco lean este documento y hagan las observaciones al mismo, antes de la próxima convención del CNP. Las representantes del Fondo de Falcón presentaron observaciones al caso, si desean se las mando para que las vean o se las piden a ellas, con aprecio, rosana ordóñez



BREVE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PARA LA REFORMA DE LOS ESTATUDOS DEL IPSP

El pasado mes de abril de este año 2011, se reunió en Caracas el Consejo Nacional del Instituto de Previsión Social del Periodista IPSP, con dos finalidades especificas. Primero juramentar la nueva junta directiva del instituto y en segundo término darle poderes a las nuevas autoridades para que haga un estudio de los presentes estatutos y prepare una reforma que coloque a esta institución al servicio de los periodistas de acuerdo a la realidad del país y del gremio.

El Consejo Nacional del IPSP dio un mandato claro y preciso: reestructurar el IPSP lo cual pasa por la modificación de sus estatutos, pues si bien es cierto le dio vida a una institución creada en los años 70, en tiempos de menos turbulencia política cuando el sector de la comunicación era vista como un ente importante para el desarrollo del país y no como un enemigo a vencer como se le trata hoy día.

El IPSP, tiene necesariamente que ser un ente descentralizado, pero con igualdad de criterios administrativos y de estructura, para que desde las distintas seccionales se haga un efectivo trabajo de previsión social. Tal vez no como las grandes corporaciones prestadoras de muchos servicios de previsión, pero si que atienda a sus afiliados en cuestiones elementales como un seguro de HCM, servicios odontológicos, posibilidades de acceso a vivienda mediante convenios con otras instituciones y otros servicios importantes para mejorar la calidad de vida de sus afiliados.

El IPSP, debe administrar los bienes del Colegio Nacional de Periodistas, en todas las seccionales del interior del país mediante un convenio que otorgue a las partes beneficios compartidos. Esta idea se hará realidad en el momento cuando se comience a realizar un inventario patrimonial que sabemos es multimillonario por la cantidad de bienes inmuebles que posee.

Ese inmenso patrimonio bien desarrollado y administrado permitiría al IPSP, tener recursos que bien podrían ser destinados a brindarle cierto apoyo a periodistas que tengan contingencias de salud y vida. Los remanentes lógicamente irían a la administración del CNP para el mantenimiento de sus sedes y los equipamientos aceptables para desarrollar una verdadera política gremial.

El otro problema a ventilar dentro de la reforma estatutaria sería la afiliación definitiva tal cual lo establece la Ley de Ejercicio del Periodismo en su articulo 3, donde se señala que para ejercer la profesión se requiere estar inscrito en el CNP y el IPSP. Aquí hay que legislar estatutariamente para determinar cual debe ser la cuota medida en unidades tributarias a pagar por los afiliados en sus respectivas seccionales de manera que una parte importante de ese pago vaya a la previsión social y la otra sea administrada como recurso ordinario de cada seccional.

En este punto conviene discutir de manera muy acertada si la cuota es igual para todo el país o se hacen distinciones de acuerdo al perfil socioeconómico de la región. Me parece que tiene que ser uniforme pues los servicios de salud, educación, vivienda y de esparcimiento tienen un costo igual en cada punto de la geografía nacional.

Debemos tener en consideración que el CNP al tener cualidades sindicales de acuerdo al articulo 405 de la Ley del Trabajo, puede celebrar Convenciones Colectivas en los diversos medios de comunicación Social del país, de allí la necesidad de introducir dentro de esas convenciones cláusulas que permitan aportes al IPSP por cada trabajador para el respectivo fondo de previsión. Pero aún cuando no sea efectiva esta opción sindical, el Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Prensa, que a su vez es miembro del Consejo Nacional del IPSP, debe procurar por esa vía aportes para el IPSP.

La estructura estatutaria vigente debe tener una mejor redacción y evitar así palabras o frases inútiles que abultan pero no enriquecen el contenido de la norma. De igual manera, eliminar del texto vigente aquellos compromisos con familiares de afiliados como es el caso de lo establecido en el Art. 2 donde se señala que el IPSP podrá conceder jubilaciones y pensiones a descendientes y ascendientes directos del afiliado. Esta parte hay que revisarla muy bien a la luz de las nuevas realidades y las leyes existentes.

En el Art. 6 se habla de los Fondos Regionales en las seccionales. Debe considerarse mas bien la palabra Fondo Local o sencillamente Fondo pues lo de Regional podría abarcar mas de un Estado y según la ley puede haber seccionales donde exista más de 100 periodistas de tal manera que en un lugar como Caracas sería normal establecer varias seccionales ya que existe una población de agremiados que supera los 8 mil.

En Art. 16, Párrafo Segundo la designación del Contralor para el IPSP debe recaer en la Directiva del CNP y del SNTP y no dejárselo al Consejo Nacional, pues se caería en el error de nombrar a un Contralor que vive en una zona muy distante a Caracas y por ello su acción de contralar se vería disminuida, además generaría un debate interminable. El hecho de ser designado por el CNP y El Sindicato de la Prensa de acuerdo a una terna presentada y electo en una reunión ampliada de estas dos instituciones más la presencia de una directivo del IPSP, con voz pero sin voto, generaría más confianza para el desempeño de sus funciones.

En el Art. 19 referido a los Fondos en su último párrafo se refiere a que…”Cada fondo tendrá sus Estatutos y patrimonio propio y cumplirá con lo establecido en los presentes estatutos”. Si se deja que cada Fondo tenga estatutos particulares se genera un desorden inauditable y unos procedimientos irregulares. Una cosa son los Estatutos que deben ser uniformes para todo el país y otro asunto es el Reglamento Interno de Funcionamiento, que por lo demás, debe ser igual al que dicte para sí el Directorio del IPSP, el cual por cierto no existe hasta ahora.

En el Art. 20 Se introduce para los llamados Fondos Regionales la figura del Consejo Consultivo. En este caso no se norma quien lo elije ni cuántas personas lo debe integrar .

En el Art. 23 Donde se establece la estructura actual del Fondo Regional debe dársele una nueva conformación debido a que la vigente no ha podido darle funcionalidad al ente regional porque significa más burocracia. En casi todas las seccionales, incluso para la estructura nacional es difícil encontrar colegas que acepten estas responsabilidades porque los pocos voluntarios que se sumen al trabajo gremial pasan a ocupar las Directivas Seccionales, el Tribunal Disciplinario Seccional y la Comisión Electoral por lo tanto no quedan individuos que acepten la administración del respectivo Fondo Local o Seccional.

Recordemos que la mayoría de las directivas a los tres meses quedan reducidas a su mínima expresión. En este sentido y viendo la realidad de los pocos Fondos establecidos es conveniente confiarle la administración del Fondo a la Directiva Seccional para lo cual debe buscarse la manera de conformarla con el Secretario General a la cabeza como responsable político y administrativo que en realidad es de esa seccional y en quien los afiliados tienen plena confianza en la conducción del gremio.

La presente reforma estatutaria debe ser lo mas completa posible, por ello, es necesario revisar bien todo el articulado y no solo los mencionados hasta el momento. Se deben incorporar nuevos artículos de ser necesario y derogar aquellos que creamos no soportan beneficio alguno.

Con esta breve exposición de motivos esperamos poder iniciar el trabajo de reforma de los estatutos del IPSP para lo cual convocamos a todos aquellos colegas que tengan interés en ello, pero que además, posean otra profesión a fin de darle al trabajo encomendado una visión más amplia de lo que significa, y la conveniencia de una Previsión Social para los periodistas vista la nueva realidad social del país.

Caracas 2 de junio de 2011.

Coordinador Designado por el Directorio

Luis Ernesto Zambrano





ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DEL PERIODISTA “JOSE CHEPINO GERBASI” Reforma estatuaria aprobada en la asamblea del Consejo Nacional del IPSP, celebrada en Caracas el 8 de marzo de 1997 CAPITULO I Denominación, Objeto, Domicilio y Duración Articulo 1º.- El instituto de Previsión Social del Periodista “José Chepino Gerbasi” (IPSP), es un organismo sin fines de lucro, con personalidad Jurídica y patrimonio propio, con amplia capacidad para realizar todos los actos de naturaleza civil conducentes al cumplimiento de los beneficios de la previsión social de los periodistas al fortalecimiento del Colegio Nacional de Periodistas (CNP), de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ejercicio del periodismo, su reglamento y estos estatutos. Articulo 2º.- El IPSP tiene por objeto procurar satisfacer el bienestar y protección social de sus afiliados, organismos adscritos y el fortalecimiento del CNP., a través de los Fondos Regionales de Previsión Social. A tal fin podrá: contratar póliza de seguros; conceder pensiones y jubilaciones a sus asociados, cónyuges, ascendientes y descendientes directos; conceder préstamo; facilitar la adquisición de viviendas; fomentar la creación de organizaciones que tiendan a contribuir al cumplimiento de sus funciones sociales económicas; contribuir financieramente con el CNP, y realizar todas aquellas actividades licitar para cumplir con sus fines y objetivos. Articulo 3º.- La organización, funcionamiento, cuantían y demás modalidades de los servicios señalados en el articulo anterior se regirá por los presentes Estatutos y los Reglamentos correspondientes debidamente aprobados por el Directorio y ratificados por el Consejo Nacional. Articulo 4º.- El domicilio principal del IPSP será la ciudad de Caracas y de este domicilio, siempre se entenderá como elegido por los asociados, pero podrá elegir domicilio especial cuando así lo requieran los interese de la institución y lo apruebe el Directorio Ejecutivo. Articulo 5º.- La responsabilidad de los miembros del IPSP, entre sí, y con respecto a terceros, estará limitada por los aportes que cada socio tenga en el instituto para el momento de exigirse efectivamente dicha responsabilidad. En virtud, los asociados no responderán como solidarios por las obligaciones sociales. Articulo 6º.- El IPSP autorizará el funcionamiento y establecimiento de Fondos Regionales de Previsión Social, en aquellas entidades donde existan seccionales del Colegio Nacional de Periodistas. Su funcionamiento y organización estarán en plena concordancia con las disposiciones Estatutarias del IPSP, lo señalado por el CNP y el Reglamento respectivo y representarán al IPSP en la región. Articulo 7º.- El Instituto de Previsión Social del Periodista es un organismo contemplado en la Ley de Ejercicio del Periodismo, por lo que su duración será por tiempo indefinido y su funcionamiento y organización, estará sujeto a esa normativa legal y su Reglamento. CAPITULO II DE LOS MIEMBROS DEBERES Y DERECHOS Artículo 8º.- Son miembros de pleno derecho del IPSP todos los afiliados al Colegio Nacional de Periodistas, de acuerdo a la Ley de Ejercicio de Periodismo. UNICO: Igualmente podrán disfrutar de los beneficios del IPSP los profesionales y trabajadores miembros de Instituciones afines a los periodistas que lo soliciten. En todos los casos el IPSP y las organizaciones interesadas establecerán convenio entre las partes, previa anuencia del Directorio Ejecutivo del IPSP. Artículo 9º.- Son deberes de los miembros: a. Cumplir fielmente con estos Estatutos y con los acuerdos y resoluciones emanados del Consejo Nacional y del Directorio Ejecutivo del IPSP y del CNP. b. Cumplir con las obligaciones contraídas con el IPSP en razón de préstamos de dinero o por cualquier otra causa. c. Pagar las cuotas correspondientes al IPSP. d. Asistir a las Asambleas de los Fondos Regionales. e. Cumplir con las obligaciones contraídas en los cargos y responsabilidades asignadas. UNICO: Incurren en las faltas disciplinarias los afiliados al IPSP que no cumplan con lo señalado en el presente artículo y deberán responder en consecuencia por ante el Tribunal Disciplinario del CNP respectivo; las que cometa algún miembro de los organismos con los cuales el IPSP tiene convenio de afiliación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8° en su Unico Aparte de estos Estatutos, serán sometidas al conocimiento de la institución a la cual está adscrito el presunto infractor, previo pronunciamiento del Fondo Regional al cual pertenezca el afiliado faltante, como del Directorio Ejecutivo del IPSP, esto, mientras no exista un organismo disciplinario del IPSP. Artículo 10º.- Todo miembro del IPSP deberá cancelar sus compromisos económicos a la institución, directamente o a través de los Fondos Regionales de Previsión. Los Fondos a su vez, deberán cumplir con dichos pagos al IPSP a la mayor brevedad. Se entenderá que el afiliado ha incurrido en mora cuando se haya retrasado en el pago de tres (3) cuotas consecutivas de afiliación o cualquier otra obligación contraída. Los afiliados morosos perderán sus derechos. Artículo 11º.- Los miembros solventes con el IPSP, gozarán de los siguientes derechos: 1. Participar con voz y voto en las deliberaciones de las Asambleas de los Fondos Regionales y en los órganos de dirección de los cuales forme parte. 2. A elegir y ser electo en los organismos de dirección y comisiones de trabajo correspondientes. 3. Disfrutar de todos los beneficios y planes ofrecidos por el IPSP, directamente o a través de los Fondos Regionales. 4. Pedir y obtener información sobre el funcionamiento del IPSP o del Fondo Regional al cual esta adscrito. 5. De todos aquellos programas y planes que logren los Fondos y el IPSP en el futuro. CAPITULO III EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO Artículo 12º.- El patrimonio del IPSP estará conformado por: a. Los bienes que posea para el momento de aprobarse los presentes Estatutos. b. Las cuotas ordinarias que aporten los socios. c. Los aportes y donaciones recibidas de entidades públicas y privadas. d. Los beneficios económicos producidos por actividades especiales organizadas por la institución. UNICO: El IPSP podrá administrar bienes patrimoniales del CNP mediante convenio previo suscrito entre las partes. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE DIRECCION Y ADMINISTRACION Artículo 13º.- Serán órganos de Dirección y Administración del IPSP: a) El Consejo Nacional. b) El Directorio Ejecutivo. Artículo 14º.- El Consejo Nacional es el máximo organismo rector del IPSP, se reunirá UNA (1) vez al año y estará integrado por: • El Directorio Ejecutivo del IPSP. • El PRESIDENTE del CNP. • EL SECRETARIO GENERAL del Sindicato de Trabajadores de la Prensa. • Los PRESIDENTES de cada uno de los FONDOS REGIONALES y • Los SECRETARIOS GENERALES de las Seccionales; • O en su defecto por un REPRESENTANTE de cada uno de estos organismos. El Consejo Nacional del IPSP se reunirá cuando lo convoque él Directorio o cuando lo solicite él 51 por ciento de los FONDOS REGIONALES. PARAGRAFO UNICO: El Consejo Nacional del IPSP se considerará legalmente constituido cuando participen en él por lo menos, la mitad más uno de los FONDOS REGIONALES o SECCIONALES y la mayoría del Directorio. Artículo 15º.- Son atribuciones del Consejo Nacional: a. Designar al Presidente y demás integrantes elegibles del Directorio Ejecutivo del IPSP. b. Aprobar o improbar él informe administrativo anual del Directorio Ejecutivo, y él informe del Contralor. c. Discutir y aprobar los programas y planes de trabajos. d. Conocer y decidir sobre aquellas materias aprobadas en las Asambleas de los Fondos Regionales. e. Reformar los Estatutos del IPSP. Artículo 16º.- El Directorio Ejecutivo del IPSP durara Dos (2) años en sus funciones y será designado por el voto mayoritario del Consejo Nacional, salvo los representantes del CNP, que establece el Artículo 42, Parragrafo Unico de la Ley de Ejercicio del Periodismo. El Directorio Ejecutivo estará integrado por: • Un PRESIDENTE. • Un VICEPRESIDENTE. • Un TESORERO y • Un DIRECTOR REPRESENTANTE DE LOS FONDOS REGIONALES, más los tres (3) Representantes del CNP. Parágrafo Primero: Todos los Miembros del Directorio Ejecutivo tendrán sus respectivos suplentes, a excepción del PRESIDENTE y el VICEPRESIDENTE. Parágrafo Segundo: El Consejo Nacional del IPSP designará UN CONTRALOR, que durará DOS (2) años en sus funciones y podrá asistir a las reuniones del Directorio Ejecutivo, sin derecho a voto, cuando sea invitado o cuando solicitase ser recibido para tratar asuntos específicos de su competencia. Parágrafo Tercero: El Directorio designará un GERENTE GENERAL, que deberá asistir al Directorio sin derecho a Voto y un CONSULTOR JURIDICO, que podrá asistir al Directorio, sin derecho a Voto. Artículo 17º.- Ningún miembro del directorio podrá hacer negociaciones con el IPSP. Artículo 18º.- El Directorio Ejecutivo del IPSP tendrá las siguientes atribuciones: a. Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Nacional. b. Fijar la política asistencial y de protección social para los afiliados. c. Designar al Consultor Jurídico y al Gerente del Instituto. Estos podrán ser o no miembros del CNP. d. Sancionar el Presupuesto anual de ingresos y egresos. e. Presentar cada año una memoria y cuenta de sus actividades al Consejo Nacional. f. Solicitar información a los Fondos Regionales sobre la marcha de su gestión administrativa. g. Celebrar Contratos y Convenios. h. Relevar de su cargo a cualquier integrante del Directorio que falte sin causa justificada a tres (3) reuniones consecutivas o a cinco (5) alternas del Directorio Ejecutivo. Sise trata de algún representante designado por el CNP, deberá participarlo a su Junta Directiva para que seta designe el sustituto correspondiente. i. Dictar el Reglamento interno de Funcionamiento y los Reglamentos específicos necesarios. j. Cualquier otra función que le asigne el Consejo Nacional y todas aquellas actividades necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones. CAPITULO V DE LOS FONDOS REGIONALES DE PRESVISION Artículo 19º.- En cada Seccional del CNP o grupo de seccionales se creará un Fondo Regional de Previsión al cual quedarán afiliados automáticamente todos los miembros del CNP Seccional o del grupo de seccionales. Cada Fondo tendrá sus Estatus, patrimonio propio y cumplirá con lo establecido en los presentes Estatutos. Artículo 20º. - Los órganos del Fondo regional de Previsión Social son: La Asamblea General, el Consejo Consultivo y el Directorio Regional. Artículo 21º.- La Asamblea Regional se reunirá por lo menos una vez al año y se convocará de acuerdo a lo establecido en el Capítulo respectivo de las seccionales en la Ley de ejercicio del Periodismo. Cada dos (2) años, la Asamblea designará a los integrantes del directorio Regional. Artículo 22º.- Son atribuciones de la Asamblea del Fondo Regional de Previsión social: a. Designar uninominalmente al Directorio regional del Fondo para un período de dos años (2). b. Aprobar o improbar el Informe Administrativo del Directorio Regional. c. Conocer y aprobar los planes de trabajos presentados por el Directorio. d. Reformar los Estatutos del Fondo de Previsión Social respectivo dentro del espíritu de la Ley de Ejercicio del Periodismo, su Reglamento y de los Estatutos del IPSP. Artículo 23º.- El directorio de los FONDOS REGIONALES estará integrado, por lo menos, por un PRESIDENTE, un VICEPRESIDENTE, un TESORERO, un SECRETARIO y el SECRETARIO GENERAL de la Junta Directiva Seccional del CNP o, en su defecto, un miembro de ésta, designado de su seno. Todos los cargos tendrán sus respectivos suplentes. En ningún caso, el Directorio del FONDO REGIONAL tendrá más de siete (7) miembros, pero podrá designar comisiones de trabajo. Artículo 23º.- Son atribuciones del directorio del Fondo Regional: a. Cumplir con la labor de prevención del IPSP en la región y con aquellos planes que considere apropiados para sus afiliados. b. Cancelar al IPSP las cuotas correspondientes de sus afiliados en la región y demás obligaciones y compromisos contraídos por servicios acordados con el IPSP. c. Aprobar razonablemente las remuneraciones a los empleados del Fondo y a miembros del Directorio Regional. d. Administrar los bienes patrimoniales del CNP, previo convenio suscrito con la Junta Directiva Seccional y autorizado por la Junta Directiva Nacional del CNP. CAPITULO VI DE LA PRESIDENCIA, TESORERIA Y SECRETARIA DEL DIRECTORIO Artículo 25º. - Son atribuciones del Presidente del IPSP: a. Ejecutar cabal y fielmente las decisiones del Consejo Nacional y del Directorio Ejecutivo. b. Presidir las reuniones del Consejo Nacional y del Directorio Ejecutivo. c. Ejercer la representación del IPSP. d. Movilizar con firma conjunta con el Tesorero las cuentas bancarias del IPSP y demás obligaciones financieras. e. Las demás no previstas en los presentes Estatutos que le asigne el Consejo Nacional o el Directorio Ejecutivo del IPSP. Parágrafo Único: Las faltas temporales o absolutas del residente serán suplidas por el Vicepresidente respectivo. Artículo 26º.- Son atribuciones del Secretario: a. Levantar las Actas de cada reunión del Directorio y cuidar que sean incorporadas al libro respectivo. b. Firmar conjuntamente con el Presidente aquellas correspondencias que así lo requieran. c. Organizar el archivo y la correspondencia del Directorio. d. Las demás responsabilidades y obligaciones que establezca el Directorio. Artículo 27º.- Son atribuciones del Tesorero: a. Cuidar del cumplimiento y fiel ejecución del presupuesto del IPSP y llevar un control de los ingresos y egresos. b. Firmar conjuntamente con el Presidente los cheques emitidos por el IPSP y demás obligaciones financieras. c. Informar cada seis (6) meses o en cualquier momento que así lo exija el Directorio Ejecutivo, el estado financiero y económico del Instituto. d. Las demás obligaciones y responsabilidades que le sean asignadas por los órganos superiores. CAPITULO VII DEL ORGANISMO CONTRALOR Artículo 28º.- El IPSP tendrá un Contador General que vigilara y controlara la correcta administración de todas las actividades financieras del IPSP, en concordancia con el ordenamiento jurídico correspondiente. Artículo 29º.- Son atribuciones del Contralor General: a. Ejercer control previo y posterior de los gastos e inversiones del IPSP y emitir su opinión en el Directorio al respecto. b. Someter a juicio del Directorio las normas, sistemas y procedimientos que aspire implantar a los fines de un eficiente control. c. Informar oportunamente al Directorio de cualquier anormalidad en la administración del IPSP y solicitar audiencia cuando lo juzgue conveniente. d. Revisar, aprobar u objetar los pagos del IPSP cuando considere que existe alguna anormalidad. e. Rendir su informe anual al Consejo Nacional. CAPITULO VIII DEL GERENTE GENERAL Artículo 30º.- La gestión diaria de las actividades administrativas corresponderán al Gerente General, quien será designado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Directorio. Artículo 31º.- Son atribuciones del Gerente General: a. Ordenar los pagos aprobados por el Directorio Ejecutivo. b. Supervisar al personal administrativo que labora en el IPSP. c. Prepara los planes de inversión del Instituto. d. Proponer al Directorio los movimientos del personal ingresos y egresos, que considere convenientes para la buena marcha del IPSP. e. Informar a los afiliados sobre sus estados financieros. f. Mantener actualizado el inventario físico con el IPSP. g. Cualquier otra responsabilidad asignada por el Directorio. CAPITULO IX DISPOSICIONES FINALES Artículo 32º.- El Consejo Nacional del Instituto de Previsión Social del Periodista, tomando en cuenta la cesación de las funciones del anterior Directorio Ejecutivo, promulga los presentes Estatutos y designa al Directorio Ejecutivo que a partir de la presente fecha, durará Dos (2) años en sus funciones, y que integran: • PRESIDENTE: Fernando Delgado • VICEPRESIDENTE: Orlando Utrera • TESORERO: Gustavo Gil • SUPLENTE: Amado Fuguet • DIRECTOR REPRESENTANTE DE LOS FONDOS REGIONALES DE PREVISION SOCIAL: Omar Castillo Los tres (3) representantes del Colegio Nacional de Periodistas, designados por la Junta Directiva Nacional son: Tibisay Wanderhaken, David Rodríguez y William Peña. Artículo 33º.- Lo no previsto en los presentes estatutos será resuelto por el Consejo Nacional del IPSP. CAPITULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 34º.- El Directorio Ejecutivo conjuntamente con la Junta Directiva del CNP, tendrá facultades para dictar el reglamento sobre la estructura y funcionamiento operativo y administrativo del IPSP del IPSP y de los Fondos Regionales. Artículo 35º.- Los presentes estatutos derogan los protocolizados ante la Oficina de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, bajo el número 28, Folio 175, Protocolo Primero, Tomo 12, en fecha 05 de agosto de 1966, quedando autorizado suficientemente Juan Antonio Aldazoro González, en su carácter de presidente del IPSP, para tramitar el acta del Consejo ...

domingo, 26 de agosto de 2012

Plancha No. 1 CNP Bolívar

Ciudad Bolívar 14 de octubre de 2012


Señores Miembros de la Junta Electoral del Colegio Nacional de Periodistas

A los fines de participar en las próximas elecciones del Colegio Nacional de Periodistas a realizarse el próximo mes de septiembre, presentamos oficialmente la plancha con la participaremos en el proceso, la cual estará integrada de la siguiente manera y solicitamos que sea considerada como la número 1.

Secretario general Humberto Escobar (C.I. 8.109.558- número de colegiatura 16.401) y adjunto Carolina Maffia (9.909.702-9261) Secretario de organización: Fabiana Medina (16.672.342-17.524) y adjunto David Jojoa (16.758.874-17.742)

Secretario de Finanzas Ruth Jiménez (8.889.082-9109) y adjunto Marcos Sarmiento (4.595.927- 16.544)

Secretario de Deportes y adjunto Reinaldo Maya (796.811-2.048)

Secretario de documentación y actas Ana María Mendoza (9.483.949-9.857) y adjunto Doris Mendoza (11.820.479-9.640)

Secretario de Cultura y Mejoramiento Profesional María Alejandra Pasarelia (14.043.014-15.084) y adjunto

Secretario de Asuntos profesionales y sindicales Rafael Gámez (3.404.538-609) y adjunto Adalberto Corales (5.549.001-17.718)

Tribunal Disciplinario:

Humberto Castro (777.423-385) y adjunto Nelson Pérez (4.078.597-7.299)

Lionel Salón (797.519-2.056) y adjunto Sabas Ruiz (771.485-2.884) José Cecilio Betancourt (778.004-2.029) y adjunto Pedro Becerra (798.930-2.026)

Delegados a la convención nacional: Hernán Martínez (4.986:66747.517) Armando Obdola (1.811.708-2.338)



Proceso electoral del CNP




Caracas, 24 de agosto de 2011



Ciudadanos

Secretarios Generales

Seccionales de todo el país

Estimados colegas:

En nombre de la Junta Directiva Nacional me dirijo a ustedes con la finalidad de informarles que en mi calidad de presidente del CNP, y ante las reiteradas llamadas de ustedes expresando preocupación por nuestro proceso electoral, solicité una reunión en el día de ayer, con miembros de la Comisión Electoral Nacional y me informaron sobre las diligencias realizadas en torno al mismo.

Como es de su conocimiento, desde el principio la CEN del CNP ha llevado a cabo todo el procedimiento bajo la tutela del CNE, dirección de Gremios y Sindicatos, y aun cuando contamos con un cronograma electoral, problemas en la conformación de nuestro CEN motivado por la ausencia reiterada de su presidente y la necesidad impostergable del viaje de la vicepresidente y presidente (e) Eva Gutiérrez, crearon una situación que ha requerido de la consulta y asesoramiento de abogados y de otras instancias dentro del CNE.

Esta situación está siendo solventada y esperamos que para la próxima semana podamos tener una respuesta favorable y un nuevo cronograma para continuar con nuestro proceso electoral.

Quiero, en primera instancia, agradecerles el esfuerzo que todos hacen desde sus respectivas seccionales y reiterarles que esta directiva está dando todo su apoyo a la CEN del CNP para que pueda llevar a cabo sus gestiones. Así mismo, me permito solicitarles continúen brindando su apoyo a nuestro órgano electoral y paciencia ante los obstáculos que vamos venciendo para llevar a feliz término nuestras elecciones.

Un cordial saludo,

Silvia Alegrett

Presidente



viernes, 24 de agosto de 2012

Atentado contra periodistas de Globovisión

Este miércoles 22 de agosto, durante la cobertura de los sucesos de la cárcel de Yare I, la periodista de Globovisión Delvalle Canelón y el camarógrafo que la acompañaba fueron agredidos mientras intentaban registrar imágenes del estado en el que se encuentran las adyacencias del penal.



El equipo de Globovisión se dirigió a pie a la parte trasera del sector la Torre de Yare I, en compañía del periodista y el fotógrafo del diario El Universal, para hacer tomas del retén. Cuando se disponían a registrar la situación, algunas personas de las casas cercanas comenzaron a gritarles que se fueran.



Canelón relató que escucharon cómo un hombre llamaba por teléfono y pedía a miembros del Comando Che Guevara que acudieran al lugar. "Aquí están los de Globovisión buscando noticia", expresó el hombre.



Mientras el camarógrafo hacía algunas tomas de la zona, tres hombres y una mujer salieron de una de las casas para amenazarlos. Uno de los hombres portaba un tubo y les advertía que se fueran del lugar o los golpearían.



La mujer se abalanzó sobre la periodista Delvalle Canelón e iniciaron un forcejeo, tras el cual recibió un puñetazo en la cabeza. Al mismo tiempo, uno de los hombres se lanzó sobre el camarógrafo, lo despojo de su cámara y la lanzó. Canelón consiguió agarrarla en el aire y evitar que sufriera daños.



Los miembros del equipo de El Universal intentaron defender a sus colegas y alegaban que todos estaban haciendo su trabajo.



Gracias a dos mujeres que salieron de una de las casas cercanas, que intervinieron en favor de los agredidos, los periodistas, el camarógrafo y el fotógrafo pudieron retirarse del lugar a continuar la cobertura en la parte delantera del penal.



El médico especialista en Cirugía Ortopédica y Traumatología del Instituto Clínico La Florida, Raúl Zamora Párez, informó que por la agresión, Canelón sufre de traumatismo con rectificación de la lordosis fisiológica de columna cervical moderado (lo que usualmente se conoce como latigazo), contusión cerrada de tórax y pelvis, contusión en mano derecha con hematoma, hematoma en cuero cabelludo en la región parietal derecha, náuseas y mareos. Por lo anterior, la periodista amerita observación y reposo durante 15 días.









lunes, 13 de agosto de 2012

Postulaciones del CNP




Desde el 14 al 18 de agosto de 2012




SE REALIZARAN LAS POSTULACIONES DEL

COLEGIO NACIONAL PERIODISTAS

EN TODO EL PAÍS



_______________________________________________________________________



Caracas, Lunes 13 de agosto de 2012.- A partir de este jueves 14 de agosto del presente año, se realizarán las postulaciones en todo el país para las elecciones del Colegio Nacional de Periodistas y así elegir los miembros de la Junta Directiva Nacional, Tribunal Disciplinario, Juntas Directivas Seccionales y los participantes a la Convención Nacional el 07 de septiembre de 2012, lo anunció la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas (CNP).



En rueda de prensa llevada a cabo (hoy) en la sede gremial, el Vice-Presidente (E) de la CEN-CNP, José Ramos Romero y la Junta Directiva, expresaron que según el Cronograma y el Proyecto Electoral, el período de inscripción de los candidatos y planchas se efectuará durante cinco (5) días, comenzando el martes 14 de agosto y hasta el 18 del mismo mes y año.



Dijo que las inscripciones de candidatos para la Junta Directiva Nacional tendrán un horario de 9 y 30 AM a 12:00 AM y en la tarde de 1:00 a 3:00 PM. Cada Seccional del CNP tendrá su horario establecido por la Comisión Electoral respectiva.



José Ramos Romero dijo que las instalaciones de las mesas se harán el mismo día de las votaciones, el 7 de septiembre, y se abrirán a las 8.00 am en las veintiséis (26) seccionales del país y en la sede nacional, y culminarán a las 5: 00 pm y podrán votar aquellos miembros que estén inscritos hasta el 14 de marzo pasado.



Manifestó Ramos Romero que una vez se tengan los resultados, cada Comisión Electoral Seccional juramentará a sus nuevos Secretarios Generales, Tribunales Disciplinarios y miembros a la Convención Nacional, y la Comisión Electoral Nacional juramentará a la nueva Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas, así como al Tribunal Disciplinario Nacional.



Estuvieron presentes en el encuentro con los periodistas de la Comisión Electoral Nacional del Colegio Nacional de Periodistas (CEN-CNP), José Ramos Romero, Vicepresidente (E): Rosa Perozo Barrios, Secretaria e Iván Sierra, Vocal.

sábado, 11 de agosto de 2012

Sindicato de la Prensa

Compañero AMERICO FERNANDEZ Colegio Nacional de Periodistas Seccional Bolívar Ciudad.- Estimado colega: Reciba un cordial y fraterno saludo desde el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP). La presente tiene por finalidad informarles que nuestra organización sindical ha iniciado un proceso de actualización de registro de afiliados al SNTP, jornada para la cual estamos solicitando el apoyo de las seccionales del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) a nivel nacional. De acuerdo a lo informado por la Lic. Liliam Duque, Asistente Ejecutiva del SNTP, le expresamos nuestro agradecimiento por su disposición para colaborar con esta jornada de actualización de datos de nuestros afiliados, información que nos permitirá dar cumplimiento a las exigencias del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social (MINPPTRASS), registro con el que avanzaremos en el proceso de elecciones de las autoridades de esta organización sindical.

La actualización de datos de los afiliados al SNTP se hará en las sedes respectivas de las seccionales del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en la sede del SNTP, ubicada en Caracas, en la Av. Andrés Bello, Casa Nacional del Periodista, Ala B, Ofic. B-23, de 9:00 am a 5:00 pm., de acuerdo al cronograma que se detalla al final de esta comunicación y que saldrá publicado a partir de este domingo 12 de agosto en los principales diarios de circulación nacional.

Cada Seccional recibirá un libro con la data de afiliados del SNTP, la cual está ordenada alfabéticamente por apellidos y nombres, además de presentar información con datos referidos a cédula de identidad, sexo, nacionalidad, edad, profesión u oficio, domicilio, empresa u organismo donde labora, dirección de la empresa u organismo donde labora y firma del trabajador, registro que deberá completar y/o actualizar según sea el caso. De no aparecer algún afiliado que acuda a su seccional en este libro, deberá llenarse sus datos en los formatos en blancos anexos, dispuestos para su utilización por seccional, que irán acompañando este libro y que formarán parte de los anexos que se incorporarán en nuestra base de datos.

Igualmente, instamos a los colegas y trabajadores de la prensa de su región interesados en inscribirse en el SNTP, a contactarnos a través de su Seccional o de manera particular para formalizar su inscripción. Adjunto encontrará los requisitos necesarios para realizar la inscripción en el SNTP y/o en la Federación Internacional de Periodistas, de la cual somos miembros de pleno derecho.

Una vez finalizada la jornada en su seccional, el día martes 04 de septiembre, Ud. deberá enviar el libro y sus anexos a la dirección que le corresponde, para dar continuidad al proceso de actualización de registro de datos de afiliados al SNTP y dar fiel cumplimiento al calendario propuesto. Para ello hemos dispuesto una colaboración de cien bolívares fuertes (Bs. 100,oo) que le serán depositados en efectivo en la cuenta bancaria que ustedes nos indiquen, dinero que deberá ser utilizado para el pago del servicio de correo expreso MRW, para el envío del libro y sus anexos.

Para cualquier información adicional y/ o duda que se presente, pueden contactarnos por nuestros teléfonos: 0212-7931996 / 793.2883 o nuestras direcciones electrónicas: sntp@sntp.com.ve / secretaria@sntp.com.ve.


REQUISITOS INSCRIPCIONES EN EL SNTP

PERIODISTAS

Fotocopia de la Cédula de Identidad

Fotocopia del Carnet de Periodista (CNP), ambos lados.

Dos (2) Fotos de Frente, tipo carnet.

Cancelar Bs. 60,oo por concepto de Carnet digitalizado.

Cancelar Bs. 36,oo por concepto de un (1) año de cotizaciones.

Importante: Todos los pagos deberán ser depositados en efectivo en la Cuenta Corriente N° 0102-0224-85-0000042835,

del Banco de Venezuela, a nombre del SNTP o mediante cheques conformables en nuestras oficinas.

No se aceptarán pagos en efectivo.

REPORTEROS GRAFICOS

Fotocopia de la Cédula de Identidad

Fotocopia del Carnet del Círculo de Reporteros Gráficos de Venezuela (CRGV)

Dos (2) Fotos de Frente, tipo carnet.

Cancelar Bs. 60,oo por concepto de Carnet digitalizado.

Cancelar Bs. 36,oo por concepto de un (1) año de cotizaciones.

Importante: Todos los pagos deberán ser depositados en efectivo en la Cuenta Corriente N° 0102-0224-85-0000042835,

del Banco de Venezuela, a nombre del SNTP o mediante cheques conformables en nuestras oficinas.

No se aceptarán pagos en efectivo.

PERSONAL ADMINISTRATIVO NO PERIODISTICO

Fotocopia de la Cédula de Identidad

Constancia de Trabajo

Dos (2) Fotos de Frente, tipo carnet.

Cancelar Bs. 60,oo por concepto de Carnet digitalizado.

Cancelar Bs. 36,oo por concepto de un (1) año de cotizaciones.

Importante: Todos los pagos deberán ser depositados en efectivo en la Cuenta Corriente N° 0102-0224-85-0000042835,

del Banco de Venezuela, a nombre del SNTP o mediante cheques conformables en nuestras oficinas.

No se aceptarán pagos en efectivo.


REQUISITOS INCRIPCIONES EN LA FIP

Ser miembro solvente del SNTP.

Dos (2) Fotos de Frente, tipo carnet.

Cancelar Bs. 350,00 por concepto de Carnet Internacional de Prensa.

Si es de nueva inscripción, cancelar Bs. 72.000 por concepto de dos (2) años de cuotas anuales del SNTP,

a razón de Bs. 3,oo mensuales.

Importante: Todos los pagos deberán ser depositados en efectivo en la Cuenta Corriente N° 0102-0224-85-0000042835,

del Banco de Venezuela, a nombre del SNTP o mediante cheques conformables en nuestras oficinas.

No se aceptarán pagos en efectivo.

DIRECCION: Av. Andrés Bello. Casa Nacional del Periodista, Ala B, Piso 2, Ofic. B-23.

HORARIO: Lunes a Viernes, 98:30 a.m. a 1:00 p.m. 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Más información:Telefaxs: 7932883-7931996 / E-mail: sntp@sntp.com.ve / secretaria@sntp.com.ve

Webside: http://www.sntp.com.ve

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA PRENSA


SOLICITUD DE:

1. INSCRIPCIÓN 2. RECENSO 3.OTRA .CUAL:_____________


4. CARNET SNTP No.______________ CARNET FIP No._____________________

DATOS PERSONALES

5.Apellidos_______________________________________
 6. Nombres___________________________________


7. Lugar y fecha de nacimiento_________________________________________
 8. C.I. No.__________________

9. Estado Civil S C D V

10.Nacionalidad_________________________________

11.Dirección Habitación __________________________________________________________________________



_____________________________ E-mail:______________________

12. Teléfono ________________________

13.Trabaja actualmente Si No Donde _________________________________________________________

14.Dirección y teléfono del trabajo_________________________________________________________________

______________________________________________

E-mail:________________________________________

15. Fecha de Ingreso ___________

16.Cargo y Sueldo__________________________________________________


REGISTRO FAMILIAR Y SOCIO ECONOMICO

17. CARGA FAMILIAR (Padres. Conyugue e hijos)

18. Cuantos viven con Ud.

Nombre Edad Parentesco

19. Tiene Seguro Social

Si No

20. Vivienda Propia

Si No

21. Automóvil

Si No

22.Ingreso Adicional

Si No

REGISTRO PROFESIONAL

23. Estudios realizados: Primaria Secundaria Técnica Universitario Especialidad:_______________

24.Indique los tres últimos cargos por Ud. desempeñado y las empresas u organismos:

Empresa Cargo Periodista de Tiempo

_________________________ ________________________________________________________________

___________________________ ________________________________________________________________

___________________________ ________________________________________________________________


25. Organizaciones profesionales, sindicales o civiles a las cuales pertenece:

C.N.P CARNET N°_________ C.P.D.V CARNET N°_________



C.R.G.V CARNET N°_________ O.N.G CARNET N°_________



C.P.C.V CARNET N°_________ OTROS

26. ¿Ha ejercido cargos sindicales con anterioridad? Si No Cuales: Delegado Directivo Otros



27. ¿ En cuál área de la actividad sindical del SNTP le gustaría participar:



Organización Finanzas Cultura Propaganda Deporte



28. Ingresa al Sindicato por:



Iniciativa propia Por recomendación Para garantizar estabilidad Para lograr contrato



29. Ha realizado algún curso de especialización sindical: Si Cual: _____________________________



No _____________________________



30.¿Existe contrato colectivo con el SNTP donde trabaja actualmente? Si No

Otro Sindicato: ________________________

Yo ______________________________________ , quien suscribe la presente, doy fe de la



veracidad de todos los datos suministrados en esta planilla de _____________________________

autorizo al SNTP para verificar la exactitud de los mismos, y manifiesto mi compromiso con este, así

como el acatamiento a sus estatutos, normas disciplinarias y las decisiones o acuerdos derivados de este

y por la Junta Directiva y/o otros organismos de dirección del Sindicato.


Caracas,______ de ______________________ de 20____

____________________________________

Firma


SOLO PARA USO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SNTP

Revisados los datos aquí suministrados por el interesado, esta solicitud ha sido _____________________________

Asignando se le Carnet N°____________, con el código o cargo de profesión ______________________________

Cancelo Inscripción _________________ Según Recibo N°__________________ de fecha ___________________



_____________________________________________________________________________________________



_____________________________________________________________________________________________



_____________________________________________________________________________________________



_________________________ ______________________________

El Secretario General El Secretario de Organización

FEDERACION INTERNACIONAL DE PERIODISTAS


OFICINA REGIONAL / AMERICA LATINA



PLANILLA DE SOLICITUD CARNET- FIP







1. NOMBRES: ________________________________________________________



2. APELLIDOS: ______________________________________________________



3. FECHA DE NACIMIENTO: ____________________________________________



4. CEDULA DE IDENTIDAD: ____________________________________________



5. DIRECCION: _______________________________________________________



_____________________________________________________________________



6. TELEFONO: _______________________________________________________



7. NACIONALIDAD: ___________________________________________________



8. N° CARNET DEL SNTP: _____________________________________________



9. CANCELO LA CANTIDAD DE: ________________________________________



10. N° CARNET FIP ASIGNADO: _________________________________________



11. FECHA RECEPCION DE SOLICITUD: __________________________________



12. FECHA DE VENCIMIENTO: ___________________________________________



RECIBIDO POR:_____________